Inicio Inmigración Prórroga automática de seis meses

Prórroga automática de seis meses

Prórroga automática de seis meses para los permisos de residencia y trabajo de los inmigrantes

Defiende que la paralización de los trámites administrativos presenciales ha provocado «inseguridad jurídica» a los extranjeros a los que les caducó la autorización en estado de alarma.


La Secretaría de Estado de Migraciones ha prorrogado durante seis meses de forma automática las autorizaciones de residencia y trabajo de los inmigrantes en situación regular para terminar con la «gran inseguridad jurídica» que ha provocado la paralización de los trámites administrativos de forma presencial por el coronavirus.

La normativa de extranjería impone a los extranjeros el deber de renovar esta autorización cuando es temporal durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de esta, así como dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización.


Pero durante estos meses los inmigrantes no han podido presentar las solicitudes de renovación de estas autorizaciones en persona y a muchos les ha resultado imposible realizar los trámites de forma telemática.

El estado de alarma ha causado preocupación en los extranjeros y en sus empleadores, pero también en los agentes sociales y económicos, ante la posibilidad de que durante el confinamiento les caduque la autorización y se encuentren en una situación de irregularidad sobrevenida cuando se produzca la desescalada.

El BOE ha publicado este martes una orden a propuesta del Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y de Migraciones por la que, para los permisos que venzan venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de los que caducaron en los tres meses previos a su declaración, la prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y durará seis meses desde el levantamiento del estado de alarma sin necesidad de emitir una resolución individual para cada uno de ellos en la Oficina de Extranjería.

ESTUDIOS Y PRÁCTICAS
Este aplazamiento se realizará para los permisos temporales de residencia y trabajo, pero también de las autorizaciones de estancias por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería. Además, se extiende la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la UE durante el estado de alarma y hasta un período de seis meses a contar desde el levantamiento del mismo.

Esta norma regula igualmente la prórroga automática de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración, así como las estancias menores de 90 días. Los visados de larga duración, expedidos al amparo de un acuerdo de movilidad de jóvenes, y los visados de estancia por estudios de hasta 180 días de duración que fueran a expirar durante el estado de alarma se verán prorrogados por un período de tres meses, siempre que el titular del mismo se halle en España y no le haya sido posible, por las circunstancias excepcionales ocasionadas por la crisis de la Covid-19, regresar a su país de origen.

Además, si a un inmigrante le caduca el permiso de residencia o de trabajo mientras se encuentra en el extranjero, podrá volver a España presentando su documento de viaje válido y en vigor, acompañado de la tarjeta de identidad de extranjero caducada.

La orden establece, por último, que las ausencias del territorio español como consecuencia de la imposibilidad de regresar a España por la crisis sanitaria no serán computables a los efectos de continuidad de residencia.

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La Secretaría de Estado de Migraciones ha prorrogado durante seis meses de forma automática las autorizaciones de residencia y trabajo de los inmigrantes en situación regular para terminar con la «gran inseguridad jurídica» que ha provocado la paralización de los trámites administrativos de forma presencial por el coronavirus.

La normativa de extranjería impone a los extranjeros el deber de renovar esta autorización cuando es temporal durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de esta, así como dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización.


Pero durante estos meses los inmigrantes no han podido presentar las solicitudes de renovación de estas autorizaciones en persona y a muchos les ha resultado imposible realizar los trámites de forma telemática.

El estado de alarma ha causado preocupación en los extranjeros y en sus empleadores, pero también en los agentes sociales y económicos, ante la posibilidad de que durante el confinamiento les caduque la autorización y se encuentren en una situación de irregularidad sobrevenida cuando se produzca la desescalada.

El BOE ha publicado este martes una orden a propuesta del Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y de Migraciones por la que, para los permisos que venzan venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de los que caducaron en los tres meses previos a su declaración, la prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y durará seis meses desde el levantamiento del estado de alarma sin necesidad de emitir una resolución individual para cada uno de ellos en la Oficina de Extranjería.

ESTUDIOS Y PRÁCTICAS
Este aplazamiento se realizará para los permisos temporales de residencia y trabajo, pero también de las autorizaciones de estancias por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería. Además, se extiende la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la UE durante el estado de alarma y hasta un período de seis meses a contar desde el levantamiento del mismo.

Esta norma regula igualmente la prórroga automática de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración, así como las estancias menores de 90 días. Los visados de larga duración, expedidos al amparo de un acuerdo de movilidad de jóvenes, y los visados de estancia por estudios de hasta 180 días de duración que fueran a expirar durante el estado de alarma se verán prorrogados por un período de tres meses, siempre que el titular del mismo se halle en España y no le haya sido posible, por las circunstancias excepcionales ocasionadas por la crisis de la Covid-19, regresar a su país de origen.

Además, si a un inmigrante le caduca el permiso de residencia o de trabajo mientras se encuentra en el extranjero, podrá volver a España presentando su documento de viaje válido y en vigor, acompañado de la tarjeta de identidad de extranjero caducada.

La orden establece, por último, que las ausencias del territorio español como consecuencia de la imposibilidad de regresar a España por la crisis sanitaria no serán computables a los efectos de continuidad de residencia.

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