Los hijos de españoles que se reúnan o acompañen a éstos tienen derecho a solicitar la tarjeta comunitaria.
Tarjeta Comunitaria para hijo mayor de 21 años :
Entre los familiares incluidos en el Régimen Comunitario se encuentran los hijos de españoles/comunitario o los hijos del cónyuge o pareja registrada del ciudadano español/comunitario.
Estos familiares tienen derecho a obtener una tarjeta comunitaria, de 5 años con derecho a trabajar (aunque un derecho limitado por su condición de familiar a cargo. (Pulsa aquí para más información).
Pero antes deben cumplir una serie de requisitos:
Para los hijos mayores de 21 años es obligatorio acreditar la “dependencia económica”, es decir, que dicho familiar vive a cargo del reagrupante español o comunitario.
Y es el solicitante el que tiene que demostrar que vive a cargo de sus familiares comunitarios, que no dispone de medios propios de vida para mantenerse por sí mismo. La ausencia de acreditación de esa dependencia económica será causa de denegación del visado de reagrupación familiar comunitario (cuando se pide visado de régimen comunitario para entrar a España) y de la Tarjeta de Residencia Comunitaria (en el caso de pedir la Tarjeta Comunitaria ya en España).
Es importante tener muy en cuenta este requisito que, por otro lado, no habrá que demostrarlo para el caso de hijos menores de 21 años.