Inicio Inmigración El Gobierno aprueba las “devoluciones en caliente”

El Gobierno aprueba las “devoluciones en caliente”

El Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Seguridad Ciudadana que modificará la ley de extranjería para legalizar las “devoluciones en caliente”

devoluciones en caliente

El pasado 26 de marzo el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Seguridad Ciudadana.

Esta ley, conocida por la oposición como “ley mordaza” o “ley represiva” por considerar que limita derechos fundamentales, incluye modificaciones en diversos textos normativos, como son el Código Penal, e incluso la actual de extranjería.

Una de estas principales reformas que contempla es la de la Ley de Extranjería, que será modificada para legalizar los rechazos en frontera, también conocidos como “devoluciones en caliente“.

A pesar de la oposición de los demás grupos políticos, del Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y el Consejo Fiscal, e incluso en contra de la Unión Europea, el Gobierno finalmente ha incluido estas medidas en materia de extranjería que serán ratificadas por el Senado (siempre y cuando no haya enmiendas) para su posterior publicación en el BOE y su entrada en vigor en el mes de julio.

Por tanto, una vez entre en vigor y se modifique la actual ley de extranjería, “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar, en grupo, los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España“. Estas medidas estaban expresamente prohibidas hasta ahora ya que los inmigrantes que llegan a España, según la actual legislación, tienen reconocido el derecho a la asistencia letrada y a que se compruebe si son menores de edad o si son refugiados.

Para el Gobierno, si no pisan territorio español y no superan el cordón policial, no pueden considerarse “devoluciones en caliente”.

La futura ley permitirá además la identificación de las personas que tengan total o parcialmente cubierto el rostro con cualquier tipo de prenda, aunque prohibirá las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, regulará los cacheos y limitará el tiempo máximo para el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas a seis horas.

 

Fuente: http://www.parainmigrantes.info/

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Una de estas principales reformas que contempla es la de la Ley de Extranjería, que será modificada para legalizar los rechazos en frontera, también conocidos como “devoluciones en caliente“.

A pesar de la oposición de los demás grupos políticos, del Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y el Consejo Fiscal, e incluso en contra de la Unión Europea, el Gobierno finalmente ha incluido estas medidas en materia de extranjería que serán ratificadas por el Senado (siempre y cuando no haya enmiendas) para su posterior publicación en el BOE y su entrada en vigor en el mes de julio.

Por tanto, una vez entre en vigor y se modifique la actual ley de extranjería, “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar, en grupo, los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España“. Estas medidas estaban expresamente prohibidas hasta ahora ya que los inmigrantes que llegan a España, según la actual legislación, tienen reconocido el derecho a la asistencia letrada y a que se compruebe si son menores de edad o si son refugiados.

Para el Gobierno, si no pisan territorio español y no superan el cordón policial, no pueden considerarse “devoluciones en caliente”.

La futura ley permitirá además la identificación de las personas que tengan total o parcialmente cubierto el rostro con cualquier tipo de prenda, aunque prohibirá las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, regulará los cacheos y limitará el tiempo máximo para el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas a seis horas.

 

Fuente: http://www.parainmigrantes.info/

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