Inicio Inmigración Novedades en la gestión de la cita previa en Barcelona

Novedades en la gestión de la cita previa en Barcelona

Nota informativa de la Oficina de Extranjería de Barcelona sobre las novedades en la gestión de la cita previa

gestión de la cita previa en Barcelona

La Oficina de Extranjería de Barcelona ha comunicado algunas novedades en la gestión de la cita previa. Aquí os dejamos la información:

Primera.

  1. Desde el pasado día 3 de octubre de 2016, las solicitudes de autorizaciones de residencia que requieren la comparecencia personal de los interesados, pueden presentarse, con cita previa, en cualquiera de las dos sedes de la Oficina de Extranjería de Barcelona (OEX): Passeig de Sant Joan 189 y calle Murcia 42.
  2. Las solicitudes a que hacemos referencia son las siguientes:
  • Familiares de residentes comunitarios.
  • Arraigo – Excepcionales.
  • Reagrupación familiar y residencia de menores, hijos de residentes legales (Cita: SOLICITUD DE AUTORIZACIONES).

Una vez seleccionado el trámite en que esté interesado, la web le dará la opción de elegir entre una de las dos oficinas. Si cuando haya elegido la oficina no quedaran citas disponibles para ese trámite, podrá solicitar la cita para la otra oficina.


Segunda.

El resto de trámites de extranjería que no requieran la presentación personal de los interesados podrán presentarse por alguno de los sistemas siguientes:

  1. Con certificado digital, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas:https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

Enlace: MERCURIO – Renovaciones de Autorizaciones de Extranjería – Presentación Telemática

Nota aclaratoria 1: A través de MERCURIO pueden presentarse las solicitudes que se indican en la propia plataforma de la sede electrónica. No obstante, los servicios centrales están trabajando para ampliar el número de trámites con los que se podrá utilizar esta plataforma. Aquellas solicitudes que no puedan presentarse a través de esta plataforma, podrán presentarse:

2.- Con certificado electrónico en el Registro Electrónico Común:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

3.- Sin cita previa, pero exclusivamente por los propios ciudadanos extranjeros, en las oficinas de asistencia en materia de registros.

Nota aclaratoria 2: En este sentido, el artículo 14 de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

4.- Novedad: Se suprime de la web la cita previa cuya denominación en la sede electrónica era:

* RENOVACIONES DE AUT. DE RESIDENCIA y/o AUT. DE RESIDENCIA O TRABAJO.

* PRÓRROGA DE ESTANCIA POR ESTUDIOS.

Los trámites a los que correspondían estas citas se podrán presentar de acuerdo con lo señalado en los puntos anteriores.

Nota aclaratoria 3: Quienes ya hubieran reservado una de estas citas, antes de la distribución de esta información, podrán, lógicamente, presentar la solicitud en la fecha reservada.

5.- Por otro lado, la aportación de documentación a expedientes en trámite, por ejemplo, para completar requerimientos o citaciones, puede realizarse también, con certificado digital en:

La sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

Enlace: Aportación telemática de documentación a procedimientos de extranjería

Tercera.

Ante las disfunciones registradas en las últimas semanas para la solicitud de cita previa, a partir del día de mañana:

1) Las solicitudes de renovación de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o solicitudes de la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE se podrán presentar SIN CITA PREVIA, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que ya hubiera caducado la TIE que va a renovar y,

b) Que no hubieran transcurrido más de tres meses desde la fecha de caducidad.

En estos casos, el procedimiento será el siguiente:

* Oficina donde se presentarán estas solicitudes sin cita previa:

  • Oficina de Extranjería de la calle Murcia 42.

* Horario:

  • De lunes a viernes: de 10 a 13:30 horas.

Nota aclaratoria 4: No obstante, estas solicitudes pueden continuar presentándose con cita previa de FAMILIARES DE COMUNITARIOS, como hasta ahora, en:

http://www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria.html

2) No cambia el sistema de liberación de citas que ya conocen, no obstante, como novedad, todos los días de la semana, a las 9:30 h. se liberarán en la web todas las citas que hayan sido anuladas el día anterior, normalmente estas citas será para presentar solicitudes para los dos días hábiles posteriores.

Finalmente, y a los efectos de conseguir un mejor funcionamiento del sistema, se recuerdan las siguientes normas de actuación:

a) La cita debe reservarse únicamente cuando se disponga de toda la documentación necesaria para el trámite.

b) Debe reservarse la cita que se corresponda con el trámite que se vaya a realizar, no una cita diferente para otro trámite.

c) Es IMPORTANTÍSIMO acudir siempre a la cita reservada.

d) Si no puede acudir a su cita, por favor, anúlela CON SUFICIENTE ANTELACIÓN, a ser posible NO el día anterior, sino unos días antes, para que otro usuario que la necesita pueda utilizarla.

e) Muy importante: En ningún caso debe reservarse más de una cita para la misma persona y trámite. En este sentido, la cita debe reservarse indicando el nombre y apellidos, así como el número de identificador que corresponda al interesado: NIE si lo conoce o número de pasaporte.

Las citas con datos incorrectos no serán válidas para presentar la solicitud el día de la cita y, además, puede ser anuladas por esta Oficina con carácter previo.

 

Fuente: http://www.parainmigrantes.info/novedades-la-gestion-la-cita-previa-barcelona/

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Novedades en la gestión de la cita previa en Barcelona

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gestión de la cita previa en Barcelona

La Oficina de Extranjería de Barcelona ha comunicado algunas novedades en la gestión de la cita previa. Aquí os dejamos la información:

Primera.

  1. Desde el pasado día 3 de octubre de 2016, las solicitudes de autorizaciones de residencia que requieren la comparecencia personal de los interesados, pueden presentarse, con cita previa, en cualquiera de las dos sedes de la Oficina de Extranjería de Barcelona (OEX): Passeig de Sant Joan 189 y calle Murcia 42.
  2. Las solicitudes a que hacemos referencia son las siguientes:
  • Familiares de residentes comunitarios.
  • Arraigo – Excepcionales.
  • Reagrupación familiar y residencia de menores, hijos de residentes legales (Cita: SOLICITUD DE AUTORIZACIONES).

Una vez seleccionado el trámite en que esté interesado, la web le dará la opción de elegir entre una de las dos oficinas. Si cuando haya elegido la oficina no quedaran citas disponibles para ese trámite, podrá solicitar la cita para la otra oficina.


Segunda.

El resto de trámites de extranjería que no requieran la presentación personal de los interesados podrán presentarse por alguno de los sistemas siguientes:

  1. Con certificado digital, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas:https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

Enlace: MERCURIO – Renovaciones de Autorizaciones de Extranjería – Presentación Telemática

Nota aclaratoria 1: A través de MERCURIO pueden presentarse las solicitudes que se indican en la propia plataforma de la sede electrónica. No obstante, los servicios centrales están trabajando para ampliar el número de trámites con los que se podrá utilizar esta plataforma. Aquellas solicitudes que no puedan presentarse a través de esta plataforma, podrán presentarse:

2.- Con certificado electrónico en el Registro Electrónico Común:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

3.- Sin cita previa, pero exclusivamente por los propios ciudadanos extranjeros, en las oficinas de asistencia en materia de registros.

Nota aclaratoria 2: En este sentido, el artículo 14 de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

4.- Novedad: Se suprime de la web la cita previa cuya denominación en la sede electrónica era:

* RENOVACIONES DE AUT. DE RESIDENCIA y/o AUT. DE RESIDENCIA O TRABAJO.

* PRÓRROGA DE ESTANCIA POR ESTUDIOS.

Los trámites a los que correspondían estas citas se podrán presentar de acuerdo con lo señalado en los puntos anteriores.

Nota aclaratoria 3: Quienes ya hubieran reservado una de estas citas, antes de la distribución de esta información, podrán, lógicamente, presentar la solicitud en la fecha reservada.

5.- Por otro lado, la aportación de documentación a expedientes en trámite, por ejemplo, para completar requerimientos o citaciones, puede realizarse también, con certificado digital en:

La sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

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Tercera.

Ante las disfunciones registradas en las últimas semanas para la solicitud de cita previa, a partir del día de mañana:

1) Las solicitudes de renovación de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o solicitudes de la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE se podrán presentar SIN CITA PREVIA, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que ya hubiera caducado la TIE que va a renovar y,

b) Que no hubieran transcurrido más de tres meses desde la fecha de caducidad.

En estos casos, el procedimiento será el siguiente:

* Oficina donde se presentarán estas solicitudes sin cita previa:

  • Oficina de Extranjería de la calle Murcia 42.

* Horario:

  • De lunes a viernes: de 10 a 13:30 horas.

Nota aclaratoria 4: No obstante, estas solicitudes pueden continuar presentándose con cita previa de FAMILIARES DE COMUNITARIOS, como hasta ahora, en:

http://www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria.html

2) No cambia el sistema de liberación de citas que ya conocen, no obstante, como novedad, todos los días de la semana, a las 9:30 h. se liberarán en la web todas las citas que hayan sido anuladas el día anterior, normalmente estas citas será para presentar solicitudes para los dos días hábiles posteriores.

Finalmente, y a los efectos de conseguir un mejor funcionamiento del sistema, se recuerdan las siguientes normas de actuación:

a) La cita debe reservarse únicamente cuando se disponga de toda la documentación necesaria para el trámite.

b) Debe reservarse la cita que se corresponda con el trámite que se vaya a realizar, no una cita diferente para otro trámite.

c) Es IMPORTANTÍSIMO acudir siempre a la cita reservada.

d) Si no puede acudir a su cita, por favor, anúlela CON SUFICIENTE ANTELACIÓN, a ser posible NO el día anterior, sino unos días antes, para que otro usuario que la necesita pueda utilizarla.

e) Muy importante: En ningún caso debe reservarse más de una cita para la misma persona y trámite. En este sentido, la cita debe reservarse indicando el nombre y apellidos, así como el número de identificador que corresponda al interesado: NIE si lo conoce o número de pasaporte.

Las citas con datos incorrectos no serán válidas para presentar la solicitud el día de la cita y, además, puede ser anuladas por esta Oficina con carácter previo.

 

Fuente: http://www.parainmigrantes.info/novedades-la-gestion-la-cita-previa-barcelona/

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