Inicio Inmigración ¿Qué pasa si tu invitado no regresa al país de origen ?

¿Qué pasa si tu invitado no regresa al país de origen ?

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Hace muy poco la noticia saltó desde Palma de Mallorca y corrió como la pólvora entre los medios de comunicación y las redes sociales: “La Policía Nacional ha detenido en Palma a una ciudadana colombiana por infracción a la ley de extranjería, que llegó a España utilizando una ‘Carta de Invitación’; la persona que invitó a la ahora detenida ha sido propuesta para una sanción gubernativa de 3.000 euros”.

A raíz de que saltara la noticia hemos comenzado a recibir cientos de llamadas en Legalteam preguntándonos si es esto legal y qué se puede hacer.

La respuesta es sí, es totalmente legal. Las autoridades españolas a través de la UCRIF (Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales) pueden proponer la expulsión del territorio nacional cuando se detecte que una persona ha incumplido con la Ley de Extranjería y una de esas infracciones puede ser permanecer en territorio español más del tiempo legalmente establecido: tres meses; se venga o no con Carta de Invitación.

El problema está que quien invita (la persona que formalizó la carta de Invitación) fue advertido en su momento (en el momento de la solicitud de la Carta de Invitación) que el hecho de que su invitado no regrese al país de origen podría traer consigo que se le impute un delito (favorecimiento de la inmigración irregular). Si bien es cierto que nunca hemos visto -al menos no tenemos constancia de que hubiera sido imputado un invitante por ello- lo cierto es que la Policía nacional tiene facultades para proponerle a la Adminsitrración que a esa persona que ha invitado se le imponga una sanción gubernativa (multa de hasta 10 mil euros -en el caso de Palma de Mallorca la propuesta ha sido una multa de 3.000 euros para la persona que invitó-).

No olvidemos que muchos extranjeros llegan a territorio español con Carta de Invitación  y una vez transcurrido el plazo legal de permanencia, lo hacen de forma irregular, e incluso inician los trámites de extranjería para legalizar su situación, lo que supone un fraude de ley.

La finalidad de las ‘Cartas de Invitación’ es permitir al extranjero pasar una temporada de duración definida en España a cargo de una persona allegada y que le exima de otros gastos más costosos que pudieran imposibilitar su estancia.

Dicho esto, da igual que España exija o no visados de corta duración para entrar a territorio nacional. Se tenga o no, se necesite o no visado, lo cierto es que el plazo máximo permitido por la Ley para permanecer en España es de 3 meses aunque dicha estancia puede prorrogarse por otro período de tres meses si se solicita la correspondiente prórroga.

Recapitulemos. ¿Qué sucede si le hago una Carta de Invitación a un amigo o familiar y luego no regresa? El invitante tendrá que garantizar que el invitado regresa al país de procedencia una vez finalizado el periodo de estancia previsto. Si el extranjero decide quedarse en España esta decisión puede traer graves consecuencias también a quien invita, al incumplirse ese compromiso de retorno, que pueden derivar en importantes sanciones económicas al ser una infracción grave de la ley de extranjería (Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social). Incluso, cuando usted realiza la Carta de Invitación de advierten que el no retorno podría ser constitutivo de un delito. El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. Bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión”

Cuando realizó la Carta de Invitación le tuvieron que informar de esto. En la propia solicitud u hoja informativa aparece, también en la información de la página web del Ministerio del Interior.

Es cierto que en la práctica, es más complicado, pues efectivamente se debe acreditar que esa era su intención, lo cual es complicado. A mi entender tiene más efectos disuasorios que consecuencias reales. También es cierto que en algunas zonas, la policía se ha presentado en las viviendas de personas que habían hecho Carta de Invitación pues han detectado que el extranjero está en España.  Y lo cierto es que, como ha quedado probado con el caso de Palma de Mallorca, las autoridades están haciendo que se cumpla la ley.

Fuente: Legalteam

Carta de Invitación y la multa policial

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A raíz de que saltara la noticia hemos comenzado a recibir cientos de llamadas en Legalteam preguntándonos si es esto legal y qué se puede hacer.

La respuesta es sí, es totalmente legal. Las autoridades españolas a través de la UCRIF (Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales) pueden proponer la expulsión del territorio nacional cuando se detecte que una persona ha incumplido con la Ley de Extranjería y una de esas infracciones puede ser permanecer en territorio español más del tiempo legalmente establecido: tres meses; se venga o no con Carta de Invitación.

El problema está que quien invita (la persona que formalizó la carta de Invitación) fue advertido en su momento (en el momento de la solicitud de la Carta de Invitación) que el hecho de que su invitado no regrese al país de origen podría traer consigo que se le impute un delito (favorecimiento de la inmigración irregular). Si bien es cierto que nunca hemos visto -al menos no tenemos constancia de que hubiera sido imputado un invitante por ello- lo cierto es que la Policía nacional tiene facultades para proponerle a la Adminsitrración que a esa persona que ha invitado se le imponga una sanción gubernativa (multa de hasta 10 mil euros -en el caso de Palma de Mallorca la propuesta ha sido una multa de 3.000 euros para la persona que invitó-).

No olvidemos que muchos extranjeros llegan a territorio español con Carta de Invitación  y una vez transcurrido el plazo legal de permanencia, lo hacen de forma irregular, e incluso inician los trámites de extranjería para legalizar su situación, lo que supone un fraude de ley.

La finalidad de las ‘Cartas de Invitación’ es permitir al extranjero pasar una temporada de duración definida en España a cargo de una persona allegada y que le exima de otros gastos más costosos que pudieran imposibilitar su estancia.

Dicho esto, da igual que España exija o no visados de corta duración para entrar a territorio nacional. Se tenga o no, se necesite o no visado, lo cierto es que el plazo máximo permitido por la Ley para permanecer en España es de 3 meses aunque dicha estancia puede prorrogarse por otro período de tres meses si se solicita la correspondiente prórroga.

Recapitulemos. ¿Qué sucede si le hago una Carta de Invitación a un amigo o familiar y luego no regresa? El invitante tendrá que garantizar que el invitado regresa al país de procedencia una vez finalizado el periodo de estancia previsto. Si el extranjero decide quedarse en España esta decisión puede traer graves consecuencias también a quien invita, al incumplirse ese compromiso de retorno, que pueden derivar en importantes sanciones económicas al ser una infracción grave de la ley de extranjería (Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social). Incluso, cuando usted realiza la Carta de Invitación de advierten que el no retorno podría ser constitutivo de un delito. El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. Bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión”

Cuando realizó la Carta de Invitación le tuvieron que informar de esto. En la propia solicitud u hoja informativa aparece, también en la información de la página web del Ministerio del Interior.

Es cierto que en la práctica, es más complicado, pues efectivamente se debe acreditar que esa era su intención, lo cual es complicado. A mi entender tiene más efectos disuasorios que consecuencias reales. También es cierto que en algunas zonas, la policía se ha presentado en las viviendas de personas que habían hecho Carta de Invitación pues han detectado que el extranjero está en España.  Y lo cierto es que, como ha quedado probado con el caso de Palma de Mallorca, las autoridades están haciendo que se cumpla la ley.

Fuente: Legalteam

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