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No lo dejes para ultima hora, ¿Cómo realizar el Registro Consular en el Consulado de Venezuela en Madrid?

Registro consulado Venezuela madrid

Si usted es ciudadano venezolano y vive, estudia o trabaja en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas españolas: Madrid; Castilla y León; Castilla La Mancha; Extremadura; Murcia o Andalucía, debe registrarte en el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid con el fin de poder prestarle asistencia en cualquier momento que usted lo requiera; este registro tiene un carácter general, es estrictamente confidencial y solo se expide a fin de ser presentada ante las autoridades competentes venezolanas.

A partir de noviembre del 2012, se ha implementado un nuevo Sistema de Gestión Consular, por lo que todo ciudadano venezolano que se inscribió en el consulado antes de noviembre del 2012 debe realizar nuevamente su Registro Consular. El Registro Consular es un requisito imprescindible para cualquier otra trámite.

Este Registro Consular no suple al Registro Electoral, ni el Registro Consular para solicitar las Divisas a CENCOEX y es INDIVIDUAL.

¿CÓMO EFECTUAR EL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

El interesado debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y puede realizar el trámite por CORREO POSTAL o ELECTRÓNICO.

Si lo hace por Correo Postal, el interesado debe remitir a nuestra dirección: Calle Apolonio Morales 3, local 50 – 28036 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Planilla de Registro Consular, complementada sin tachaduras y en letra legible. Esta planilla puede verse e imprimirse siguiendo este: REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).
  3. Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:
    • Las páginas donde se encuentren sus datos personales.
    • La página donde se encuentra la última prórroga (si la hubiera).
    • La página donde se encuentra la Visa (si la hubiera).
  4. En el caso de menores de edad, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).
  5. En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de la partida de nacimiento.
  6. En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.
  7. Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).
  8. Original del Volante de empadronamiento, actualizado (con menos de 30 días de emisión), para verificar su residencia en la circunscripción de esta Misión Consular.
  9. Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario, y que será utilizado por esta Misión Consular para remitirle la Constancia de Registro Consular.

Si lo hace por Correo Electrónico, el interesado debe remitir a nuestra dirección electrónica:registro.convemadrid@mppre.gob.ve los siguientes recaudos, en formato PDF:

  1. Planilla de Registro Consular, complementada sin tachaduras y en letra legible. Esta planilla puede verse e imprimirse siguiendo este: REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).
  3. Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:
    • Las páginas donde se encuentren sus datos personales.
    • La página donde se encuentra la última prórroga (si la hubiera).
    • La página donde se encuentra la Visa (si la hubiera).
  4. En el caso de menores de edad, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).
  5. En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de su partida de nacimiento.
  6. En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.
  7. Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).
  8. Copia del volante de empadronamiento, actualizado (con menos de 30 días de emisión), para verificar su residencia en la circunscripción de esta Misión Consular.

MUY IMPORTANTE. Los usuarios que hagan el trámite por Correo Electrónico: NO DEBEN UTILIZAR UN CORREO ELECTRÓNICO DE LOS DOMINIOS DE MSM (HOTMAIL, MSM, OUTLOOK, LIVE …) para comunicarse con nosotros, pues dichos Domiinios devuelven nuestras respuestas y no podemos comunicarnos con los interesados. Por lo que las solicitudes que se reciban de cualquiera de los dominios reseñados NO SERAN PROCESADAS. Disculpen las molestias.

 

¿CÓMO EFECTUAR LA ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

Este trámite se hace EXCLUSIVAMENETE POR CORREO POSTAL, para ello, el interesado debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y remitir a nuestra dirección: Calle Apolonio Morales 3, local 50 – 28036 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Constancia Original del REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia del documento que origina la actualización de datos en su Registro Consular, por ejemplo:
    • Si se ha mudado, copia del nuevo volante de empadronamiento.
    • Si ha cambiado el número de su pasaporte, copia de la página del pasaporte, donde aparece su foto y el número del pasaporte.
    • Si ha cambiado su estatus migratorio, copia de su NIE o DNI (por ambas caras), etc.
  3. Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario, y que será utilizado por esta Misión Consular para remitirle la Constancia de Registro Consular.

 

TIEMPO DE ENTREGA:

El tiempo de entrega de este trámite depende del volumen de solicitudes que se estén procesando, como referencia, se estima en unos cinco (5) días laborables, a esto hay que añadir el tiempo que tarde correos en la entrega de la solicitud inicial y del documento final.

 

OBSERVACIONES:

  • Esta constancia se EXPIDE A FIN DE SER PRESENTADA ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES VENEZOLANAS.
  • No se emitirán copia de la Constancia de Registro Consular, por lo que el usuario no debe entregar el original de dicho documento a ninguna otra institución u organismo.
  • NO DEBE ENTREGAR EL ORIGINAL PARA NINGÚN TRÁMITE  A NINGUNA INSTITUCIÓN U ORGANISMO, pues no se darán copias de este documento.
  • Todos los venezolanos residentes en nuestra Jurisdicción y que se han inscrito antes del 2012, deben realizar nuevamente su Registro Consular, siguiendo el procedimientos arriba indicado.
  • Este trámite NO REQUIERE EL PAGO DE TASAS CONSULARES.
  • Este trámite es INDIVIDUAL, por consiguiente NO SE ACEPTARÁ COPIAS FISICAS O DIGITALES DE MÁS DE UN CIUDADANO EN UN SOLO DOCUMENTO.

Fuente: http://madrid.consulado.gob.ve

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A partir de noviembre del 2012, se ha implementado un nuevo Sistema de Gestión Consular, por lo que todo ciudadano venezolano que se inscribió en el consulado antes de noviembre del 2012 debe realizar nuevamente su Registro Consular. El Registro Consular es un requisito imprescindible para cualquier otra trámite.

Este Registro Consular no suple al Registro Electoral, ni el Registro Consular para solicitar las Divisas a CENCOEX y es INDIVIDUAL.

¿CÓMO EFECTUAR EL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

El interesado debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y puede realizar el trámite por CORREO POSTAL o ELECTRÓNICO.

Si lo hace por Correo Postal, el interesado debe remitir a nuestra dirección: Calle Apolonio Morales 3, local 50 – 28036 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Planilla de Registro Consular, complementada sin tachaduras y en letra legible. Esta planilla puede verse e imprimirse siguiendo este: REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).
  3. Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:
    • Las páginas donde se encuentren sus datos personales.
    • La página donde se encuentra la última prórroga (si la hubiera).
    • La página donde se encuentra la Visa (si la hubiera).
  4. En el caso de menores de edad, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).
  5. En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de la partida de nacimiento.
  6. En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.
  7. Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).
  8. Original del Volante de empadronamiento, actualizado (con menos de 30 días de emisión), para verificar su residencia en la circunscripción de esta Misión Consular.
  9. Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario, y que será utilizado por esta Misión Consular para remitirle la Constancia de Registro Consular.

Si lo hace por Correo Electrónico, el interesado debe remitir a nuestra dirección electrónica:registro.convemadrid@mppre.gob.ve los siguientes recaudos, en formato PDF:

  1. Planilla de Registro Consular, complementada sin tachaduras y en letra legible. Esta planilla puede verse e imprimirse siguiendo este: REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).
  3. Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:
    • Las páginas donde se encuentren sus datos personales.
    • La página donde se encuentra la última prórroga (si la hubiera).
    • La página donde se encuentra la Visa (si la hubiera).
  4. En el caso de menores de edad, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).
  5. En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de su partida de nacimiento.
  6. En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.
  7. Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).
  8. Copia del volante de empadronamiento, actualizado (con menos de 30 días de emisión), para verificar su residencia en la circunscripción de esta Misión Consular.

MUY IMPORTANTE. Los usuarios que hagan el trámite por Correo Electrónico: NO DEBEN UTILIZAR UN CORREO ELECTRÓNICO DE LOS DOMINIOS DE MSM (HOTMAIL, MSM, OUTLOOK, LIVE …) para comunicarse con nosotros, pues dichos Domiinios devuelven nuestras respuestas y no podemos comunicarnos con los interesados. Por lo que las solicitudes que se reciban de cualquiera de los dominios reseñados NO SERAN PROCESADAS. Disculpen las molestias.

 

¿CÓMO EFECTUAR LA ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

Este trámite se hace EXCLUSIVAMENETE POR CORREO POSTAL, para ello, el interesado debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y remitir a nuestra dirección: Calle Apolonio Morales 3, local 50 – 28036 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Constancia Original del REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  2. Copia del documento que origina la actualización de datos en su Registro Consular, por ejemplo:
    • Si se ha mudado, copia del nuevo volante de empadronamiento.
    • Si ha cambiado el número de su pasaporte, copia de la página del pasaporte, donde aparece su foto y el número del pasaporte.
    • Si ha cambiado su estatus migratorio, copia de su NIE o DNI (por ambas caras), etc.
  3. Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario, y que será utilizado por esta Misión Consular para remitirle la Constancia de Registro Consular.

 

TIEMPO DE ENTREGA:

El tiempo de entrega de este trámite depende del volumen de solicitudes que se estén procesando, como referencia, se estima en unos cinco (5) días laborables, a esto hay que añadir el tiempo que tarde correos en la entrega de la solicitud inicial y del documento final.

 

OBSERVACIONES:

  • Esta constancia se EXPIDE A FIN DE SER PRESENTADA ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES VENEZOLANAS.
  • No se emitirán copia de la Constancia de Registro Consular, por lo que el usuario no debe entregar el original de dicho documento a ninguna otra institución u organismo.
  • NO DEBE ENTREGAR EL ORIGINAL PARA NINGÚN TRÁMITE  A NINGUNA INSTITUCIÓN U ORGANISMO, pues no se darán copias de este documento.
  • Todos los venezolanos residentes en nuestra Jurisdicción y que se han inscrito antes del 2012, deben realizar nuevamente su Registro Consular, siguiendo el procedimientos arriba indicado.
  • Este trámite NO REQUIERE EL PAGO DE TASAS CONSULARES.
  • Este trámite es INDIVIDUAL, por consiguiente NO SE ACEPTARÁ COPIAS FISICAS O DIGITALES DE MÁS DE UN CIUDADANO EN UN SOLO DOCUMENTO.

Fuente: http://madrid.consulado.gob.ve

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